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Resumen
El presente artículo trata sobre derechos de las parejas de un mismo sexo ante la decisión de la Corte Suprema de Justicia de no reconocer el matrimonio igualitario en Panamá. Los objetivos consisten en: 1) Identificar a partir de las voces de los informantes clave su posición acerca de la decisión emanada de la Corte Suprema de Justicia en Panamá en fecha 01 de marzo de 2023 sobre el no reconocimiento de matrimonio igualitario. 2) Conocer los derechos que asisten a la unión civil de personas del mismo sexo con base al derecho comparado en otros países. 3) Interpretar a través del derecho comparado las reacciones tanto a nivel local como internacional por la decisión de la Corte Suprema de Justicia de no reconocer el matrimonio igualitario en Panamá. Como marco referencial se cita el trabajo de Navarro (2019), titulado: El matrimonio de parejas del mismo sexo y su efectividad en el Ordenamiento Jurídico de la República de Costa Rica, lo cual contraviene a lo decidido por la Corte Suprema de Justicia de Panamá (2023), quien rechazó el reconocimiento del matrimonio igualitario, por no considerarlo un derecho humano reconocido por la constitución panameña (citado en France 24). Asimismo, afirmó en el fallo publicado el 01 de marzo de 2023 que “Hay una realidad, y es que, hasta ahora, el derecho al matrimonio igualitario no pasa de ser una aspiración que, aunque legítima para los grupos implicados, no tiene categoría de derecho humano y tampoco de derecho fundamental” (p.1). Metodológicamente, el estudio se aborda desde el paradigma interpretativo, enfoque cualitativo, método fenomenológico y diseño bajo la teoría fundamentada.
Palabras clave
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