EVOLUCIÓN DE LA FORMACIÓN DEL ABOGADO EN PANAMÁ Y
COLOMBIA
Docente Universitaria
Universidad UMECIT, Panamá
https://orcid.org/0000-0003-0860-9745
Abogada
Universidad UMECIT, Panamá
DOI: 10.37594/cathedra.n18.762
Fecha de recepción:12/09/2022 Fecha de revisión:25/10/2022 Fecha de aceptación:31/10/2022
Comparación en materia de regulación de la profesión del abogado y de la generación de las carreras y/ o programas de derecho, en Panamá y Colombia y la importancia de la ética en las personas responsables de esta profesión, y el contexto social y de las redes sociales y las nuevas tendencias en materia de delitos. Se presenta una opinión con respecto a la responsabilidad ética de las personas que somos profesionales del derecho o estamos en formación y el impacto de permanecer actualizados mediante educación continua y/o formal. Finalizamos con reflexiones que nos trae estos tiempos de modernidad teniendo en cuenta la inteligencia artificial y los amplios conocimientos que se encuentran en la web y la necesidad de ejercer la profesión en lo público y lo privado.
Palabras clave: Legislación,
carrera, derecho, formación, inteligencia artificial
EVOLUTION
OF LAWYER TRAINING IN PANAMA AND COLOMBIA
Comparison regarding the regulation of the legal profession and the generation of careers and/ or law programs, in Panama and Colombia and the importance of ethics in the people responsible for this profession, and the social context and networks and new trends in crime. An opinion is presented regarding the ethical responsibility of people who are legal professionals or are in training and the impact of staying updated through continuing and/or formal education. We end with reflections that these modern times bring us, taking into account artificial intelligence and the extensive knowledge found on the web and the need to practice the profession in the public and private spheres.
Keywords: Legislation, career, law,
training, artificial intelligence.
INTRODUCCIÓN
Para abordar el tema de la formación del abogado debemos conocer un poco de historia de la profesión, pasando por las legislaciones más antiguas, hasta las más recientes en esta disciplina.
En los inicios el marco legal estaba regido por el código de hammurabi, una legislación de castigo directo, ojo por ojo, diente por diente, no existía tan siquiera el concepto de derechos y menos de derechos humanos, hoy tan de moda y además tan necesario en estos tiempos, pero es que no existe una evolución real como la hay en otras disciplinas, esta profesión debería estar a la vanguardia puesto que contribuye la convivencia de todos.
En Panamá aprobaron en tercer debate el proyecto de la Ley 809 mediante el cual regula el ejercicio de la abogacía, en Colombia la Ley 1123 de 2007 por medio de la cual se estableció el código disciplinario del abogado.
El papel que juegan las universidades que tiene aprobado el programa de Licenciatura en Derecho cuyo título es el de abogado (a) es muy importante para la formación de seres humanos con pensamiento crítico, humanistas, éticos, morales con criterios basados en la realidad de los países, de las diferencias, de las desigualdades, y en los derechos humanos.
La
legislación en Panamá
IMPORTANCIA
DEL APRENDIZAJE EN EL DERECHO
La formación en derecho, debe ser el estudiante el principal actor en la construcción de su aprendizaje, empleando la investigación, el desarrollo de análisis como la jurisprudencia, simulación de juicios con casos desde diversas ramas del derecho, empleando las fuentes de derecho, solución de problemas.
El abogado se hace cada día en su proyección, en sus metas trazadas, el derecho es muy amplio desde sus diversas ramas del derecho. La actualización es muy importante para conocer los avances del sistema, es por ello que la educación continua, nos ofrece aquellos recursos de formación, como seminarios, diplomados, talleres, congresos y en formación posgradual como especializaciones, maestrías, doctorados y postdoctorados.
La búsqueda de solución entre las partes es importante que el abogado a través de la mediación pueda ofrecer alternativas de solución de conflictos. La satisfacción de la atención que llevamos en un proceso es valorada en el estudio de la abogacía.
Una de las acciones en Panamá que establece el proyecto de ley 809, que regula el ejercicio de la abogacía en Panamá es la capacitación de los deberes y derechos en régimen de justicia. Las competencias de un abogado en Panamá deben garantizar el servicio ético y eficiente del profesional del derecho, el cual debe poner en práctica los conocimientos teóricos y prácticos. La formación en el derecho es amplia, los profesionales pueden especializarse en las diversas áreas como derecho de familia, civil, penal, laboral, administrativo, marítimo, entre otros, cada una le va ofreciendo oportunidad al graduado de adquirir las competencias específicas y poder desempeñarse en el campo laboral.
En Panamá, existe una gran necesidad de profesionales en el sistema penal acusatorio, hoy día este le permite poder agilizar los procesos y resolver los hechos delictivos en el menor tiempo, es por ello que la experiencia del abogado es necesaria.
La formación del abogado debe responder en un alto nivel de responsabilidad social, es a través de los valores y acciones donde se impulsa grandes esfuerzos eficientes a los ciudadanos.
Debemos crear espacios de discusión e implementar nuevas iniciativas para generar oportunidades laborales en Panamá en el derecho. Muchas de las oportunidades están en el sector público por ejemplo Ministerio Público, Órgano Judicial, pero desde el sector privado, ONGs, ofrece vacantes para que el profesional pueda contribuir desde las competencias adquiridas en su formación académica desde un enfoque de derecho. El reconocimiento del día del abogado es muy importante en Panamá al celebrarse el 9 de agosto, es un espacio el cual se destacan las acciones al País, por su parte la educación representa formación y actualización en el ejercicio de la profesión, además de construir una cultura jurídica que aporte al desarrollo de Panamá. Por su parte el Colegio Nacional de Abogados en Panamá, lleva consigo grandes avances en la formación social del profesional en el derecho, ofreciendo capacitaciones, webinar, simposios durante todo el año, este le permite emplear los conocimientos adquiridos en el sector empresarial.
Los proyectos de Ley de la Asamblea Nacional en temas de derecho, es importante tener participación de los profesionales del derecho, que puedan aportar en acciones que contribuyan al mejoramiento de las nuevas actualizaciones de las leyes en cambios positivos para el País. En temas de derechos humanos, se requiere sensibilización a la ciudadanía.
Es importante mencionar que actualmente la función que ejercen los jueces de Paz, se cuenta con personas que no son abogados. Es allí donde nos detenemos a pensar: ¿Tendrá otro profesional las competencias necesarias para estar en las Casas de Paz?, llevando casos que ameriten resolución de conflictos entre las partes. Es recomendable supervisar y dar el lugar que le corresponde a los profesionales del derecho para ejercer esa función.
A nivel legislativo el Decreto 196 de 1971 , por el cual se dicta el estatuto del ejercicio de la abogacía, fue el acto que durante más de 35 años reguló el ejercicio del abogado (a) en el país hermano, y más aún el Decreto 1221 de 1990 que reguló la creación de los programas de Derecho y las prácticas jurídicas, lo que conllevo a un muy lento desarrollo legislativo, más si un gran desarrollo jurisprudencial a raíz de la modificación de la Constitución Política de 1991 y la creación de la Ley 30 de 1992 que desarrolló el principio de la autonomía universitaria, y lo mencionamos por ser un referente en la formación del profesional del Derecho.
Frente a la anterior pregunta podemos decir que hoy en día las carreras universitarias, especialmente la de Derecho tienen un reto significativo y es estar a la altura de tiempos modernos, de los ciberdelitos, del teletrabajo y de todo lo que históricamente nos enseñaron en la serie animada “Los Supersónicos” creada por William Hanna y Joseph Barbera, que hoy vemos hecho realidad. Lo que conlleva a que el ser humano y más exactamente el Abogado esté en una de las carreras por desaparecer, pues está siendo sustituida por inteligencias artificiales inicialmente por el robot Watson de IBM y luego por Ross que utiliza inteligencia artificial y que hace lecturas y comparaciones literales de la doctrina, la jurisprudencia, las leyes y las teorías, muy difícil para cualquier ser humano, competir con este tipo de inteligencia, sólo queda volver al ser humano en sí y evolucionar y acompañar a las personas en sus procesos judiciales, la pregunta que está en la web, es confiaría usted en un robot para su defensa? o en un juez o tribunal que esté compuesto por inteligencia artificial?
Para abordar este tema tan trascendental debemos hablar de la responsabilidad de los Estados al conferir la aprobación o autorización a instituciones educativas y/o universidades, que sería el segundo actor, que crea sus programas y hace sus estudios y diagnósticos, justifica ante el organismo o autoridad respectiva, en el caso de Colombia ante la sala de CONACES del Ministerio de Educación Nacional y en el caso de Panamá a la Comisión Técnica de Desarrollo Académico (CTDA) adscrita a la Universidad de Panamá, quienes deben hacer cumplir las legislaciones y exigencias para aprobar una carrera. Allí radica una responsabilidad de los docentes que están preparando a nuestras futuras generaciones que se haga a conciencia, pues debemos tener claro que debe existir una renovación generacional con más conocimiento, más creativos, más modernos, pero sobre todo con más ética que le permita poner en alto a esta digna profesión que por algunos se ha visto afectada y que en ocasiones las personas no creen.
Hoy en día se debe dar un paso atrás y solidificar los valores y principios que deben enseñarse en casa, en familia, en la primera educación a nuestros niños, es allí donde las personas que han obtenido un título de doctor (PH D) deberían formar a los pequeños, que permita inyectar en el ADN principios que no se deben negociar desde ningún punto de vista.
Los padres, los hermanos, la fractura que hoy día existe con tanta modernidad, con tantas redes sociales, con tanta información al alcance de todas las personas, en ocasiones no les permite un análisis detallado de los oceánicos conocimientos que hoy en día trae la web, el robo de los datos y la propiedad de nuestros datos personales que son vendidos para que la usen indiscriminadamente en la web.
Y qué decir el tema de derechos humanos tan mencionados desde que fue elegida la sede del Mundial de Futbol 2022, donde se ha hecho mención a la violación de los trabajadores extranjeros, pues quedan a merced del empleador, con el sistema “kafala” que ha sido controvertido estos días por varios medios de comunicación.
De acuerdo con lo expresado en este artículo queremos que el lector realice un aporte a la formación del abogado a partir de la legislación colombiana y panameña, resaltando que desde su creación es importante el acompañamiento de las autoridades estatales, las universidades, los docentes y los mismos estudiantes realizarlo a conciencia sus estudios e incluyendo dentro del plan de estudios la ética profesional que contribuyan a la formación del mismo teniendo en cuenta la actualización.
El propósito actual de la formación de los abogados, nos conlleva a búsquedas de alternativas de acción, para vincular a los profesionales del derecho en escenarios de enseñanza y aprendizaje que sean innovadores, críticos, dejando un gran aporte a la sociedad.
Asamblea de Panamá (2022). Proyecto de Ley 809 de 2022, https://www.asamblea. gob.pa/noticias/pleno-de-la-asamblea-aprobo-en-tercer-debate-el-proyecto-de-ley- 809-que-regula-el#:~:text=31%20Octubre%2C%202022-,Pleno%20de%20la%20 Asamblea%20aprob%C3%B3%20en%20tercer%20debate%20el%20proyecto,el%20 ejercicio%20de%20la%20abogac%C3%ADa&text=En%20tercer%20y%20%C3%BAltimo%20debate,veto%20parcial%20del%20%C3%93rgano%20Ejecutivo
EL CONGRESO DE COLOMBIA (1992). Diario Oficial No. 40.700, de 29 de diciembre de 1992. Ley 30 de 1992, por el cual se organiza el servicio público de Educación Superior en Colombia Gobierno de Colombia (1971). Diario Oficial. N. 33255. 10 de marzo de 1971. Decreto 196 de 1971, por el cual se dicta el estatuto del ejercicio de la abogacía en Colombia
Gobierno de Colombia (1990).
Diario Oficial No. 39.414, de 12 de junio de 1990. Decreto 1221 de 1990, Por el cual se
aprueba el acuerdo número 60 del 24 de mayo de 1990, emanado de la junta
directiva del instituto colombiano para el fomento de la educación superior
icfes, por el cual se determinan los requisitos mínimos para la creación y
funcionamiento de los programas de derecho, en
Colombia.
CATHEDRA ISSN Impreso: 2304-2494 ISSN Electrónico:
L2644-397X. Año 11. Número 18. Noviembre 2022 - Abril 2023